Bilbao. 02/10/2019.-
El Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social, también llamada “Ley de la Segunda Oportunidad”, es una normativa relativamente nueva que, a la par de importante, es aún desconocida.
Regulación de una figura ya pre-existente en varios países de la Unión Europea, llega a España en el año 2015, sin hacer ruido.
Se encuentra dirigida a personas físicas en situación económica grave en la que, ni con todos sus bienes, puede hacer frente a sus deudas. ¿Qué ocurría en estos casos hasta ahora? Esa persona se encontraba sin solución, respondiendo, con todo su patrimonio presente y futuro frente a deudas que, probablemente, ni en 100 años más logrará saldar. Esto provocaba que muchas personas no pudieran volver a la vida económica, ni funcionar nuevamente en la sociedad productiva.
Tratando de superar esta realidad, llega esta figura de la segunda oportunidad. A través de un concurso, tras el análisis de sus bienes (activo y pasivo) y la renegociación de sus deudas, se puede alcanzar el objetivo último: por un lado, cumplir con los derechos de los acreedores en la medida de lo posible y por otro, que el sujeto vuelva a nacer a la vida económica y social.