Ruiz-Gallardón ultima la reforma definitiva de los Procuradores

Madrid, Julio 2013.-

La entrada en vigor a finales de diciembre de 2009 de la Ley Ómnibus supuso a los procuradores de los Tribunales la supresión de la tradicional inscripción a un solo partido judicial. La reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil les otorgó más competencias en notificaciones y embargos. Pero la reforma definitiva de las funciones y trabajo de los procuradores en España, unos diez mil, parece ya un hecho consumado.

El Ministerio de Justicia y los Procuradores promueven que este colectivo pueda arrebatar a los bufetes de abogados asuntos de procesal para los que, aseguran, están especialmente preparados si acaba la incompatibilidad de las profesiones, tal y como establece la futura Ley de Servicios Profesionales que, además, prevé la eliminación de los aranceles de los procuradores que algunas sentencias del Supremo ya recomendaron.

Los procuradores, en su nueva función, serán retribuidos por nuevos aranceles en el caso de que los ciudadanos les elijan como “ejecutores judiciales” -según prevé la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil-, de forma similar a la remuneración de notarios y registradores, a lo que sumarán las minutas que cobrarán como litigadores.

Con esta nueva reforma, la Administración se beneficiará de su trabajo como “notificadotes”, ya que los juzgados están colapsados. Los procuradores han trasladado a Justicia que la supresión de la incompatibilidad con los abogados debe ir acompañada de otro tipo de medidas. Si los abogados asumen la representación, los procuradores harán lo propio con la defensa. Además, piden disposiciones transitorias para adaptarse al nuevo modelo, ya que si se implantara de inmediato, se paralizaría la Justicia y la plataforma de intercambio de información judicial no funcionaría, por lo que debe implantarse de forma gradual.

En España hay más de 10.000 procuradores. El Gobierno que ha detectado una gran inquietud en el colectivo, asegura que el objetivo de esta reforma es aproximar las funciones de los procuradores españoles a las que tienen sus homólogos en Europa y descargar de trabajo a los Tribunales. Las líneas de refuerzo de las funciones de los procuradores proyectadas son: actos de comunicación, garantizando notificaciones, citaciones, emplazamientos y requerimientos; embargos de bienes y cuentas; requerimientos de pago y depósito, administración judicial y subasta de bienes embargados.