Caja Laboral recibe dos nuevas sentencias con la condena a devolver el importe de Aportaciones de Eroski

Bilbao. 24/07/2015.-

Los juzgados de Bilbao están confirmando, sentencia tras sentencia, que Caja Laboral PopularLaboral Kutxa omitió información relevante en la comercializando a sus clientes de las Aportaciones Financieras de Eroski (AFSE) y, como consecuencia de ello, vienen condenando a dicha entidad a devolverles el capital invertido en dicho producto.

5 Estos días han sido los Juzgados de Primera Instancia núms. 1 y 2 de Bilbao los que se han pronunciado en dicho sentido, sumándose a las sentencias que han venido dictándose por otros juzgados y que tenemos reseñadas en esta web, todas ellas de asociados a Bizkaiko Minduak, la asociación de Afectados por las ‘preferentes’ de Eroski y Fagor.

Por un lado, Ana García Orruño, titular del Juzgado de Primera Instancia nº 1, ha estimado íntegramente la demanda interpuesta por dos hermanos, ya jubilados, naturales de Pajares de la Laguna (Salamanca) y residentes en Bilbao, que heredaron de sus padres unas AFSE adquiridas por éstos en los años 2002 y 2005. En esas fechas, refleja la resolución… ’el padre tenía 84 años y estaba aquejado de un deterioro cognoscitivo tipo Alzheimer y la madre con problemas serios de tipo respiratorio’, por lo que… ‘la propia edad de los inversores desaconsejaba su adquisición…’.

La juzgadora resalta que no consta que, cuando se produce la adjudicación por herencia a los hijos de las Aportaciones en el año 2008, se explicase ni se diese información sobre la inversión y además no existe realizado el TEST MIFID el cual, en aquellas fechas, ya era preceptivo. Con estos antecedentes, la Caja ’no puede acreditar la idoneidad del producto para los actores, ni el conocimiento que de las mismas tuviesen’. ‘Si atendemos a los productos contratados previamente, a la formación académica (estudios primarios) y lo aunamos al déficit de información podemos concluir -continúa la juez- que el producto en cuanto a su funcionamiento, características y posibles riesgos no fue comprendido por los suscribientes, cuya inexperiencia financiera ha quedado acreditada por el tipo de inversiones con las que cuentan”.

En el mismo sentido la titular del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Bilbao ha resuelto la petición de nulidad de la orden de compra de unas AFSE por un matrimonio bilbaíno clientes de la Caja Laboral ‘desde siempre’ que, en el mes de junio de 2007, recibieron una llamada del director de la sucursal de la plaza de La Casilla, Kepa Torres, para ofrecerles ‘una interesante inversión segura, sin problemas de riesgo y recuperable en cualquier momento’ donde invertir la gratificación recibida por su reciente jubilación en noviembre del año anterior.

El actor padece de corazón por lo que la Diputación Foral de Bizkaia le tiene reconocida una Invalidez con un grado de discapacidad del 55% y se ha visto agravada en los últimos tiempos. Además es hermano y tutor de un discapacitado de 62 años con una minusvalía del 75%, también reconocida por la Diputación, y que convive con el matrimonio, circunstancia que agrava mucho su situación personal y financiera.

La juez Mª Ángeles Filloy Rubio resuelve de forma contundente que… ‘la parte actora incurrió en manifiesto error sustancial, en cuanto a las características del producto financiero que adquirió y, disculpable, en tanto en cuanto fue propiciado por la otra parte contratante, ya no sólo, al no ser diligente con su deber legal de información precontractual, objetiva y suficiente, sino que incluso propició el error, mediante la iniciativa contractual en la oferta del producto y la información que le dio su empleado sobre riesgos y características, primando en definitiva, la captación de recursos propios sobre el perfil conservador de la demandante, que actuó además bajo la confianza y solvencia que le ofrecía la entidad demandada, de la que era cliente. Es clara la conclusión –concluye la juzgadora- de que la demandada trató al cliente como inversor y no como ahorrador…’.

Los fallos no son definitivos aún ya que puede interponerse recurso de apelación ante la Audiencia Provincial. En ambos procedimientos se condena a LABORAL KUTXA al abono de las costas judiciales.

Las demandas han sido dirigidas ambas por el letrado de Bilbao Gabriel Mª Torres Amann.